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  >    >  Visa O y P

Abogados de visas de trabajadores temporales O & P en Orlando

Animadores, atletas e individuos con habilidades extraordinarias

La categoría de visa O permite a los ciudadanos extranjeros que han demostrado una habilidad extraordinaria o logros extraordinarios en una variedad de campos, o aquellos que tienen habilidades críticas y experiencia con dicha persona, obtener una visa de trabajo temporal.

Para obtener más información sobre visas de empleo, llame a nuestros abogados especializados en Maitland al (407) 897-8870

¿Quién califica para una visa O?

Los ciudadanos extranjeros que hayan demostrado una habilidad extraordinaria en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o el atletismo (o logros extraordinarios en los campos del cine o la televisión), comprobados mediante una aclamación nacional o internacional sostenida o la recepción de premios reconocidos internacionalmente, pueden recibir una O visa para ingresar temporalmente a los Estados Unidos con el fin de trabajar en su área de especialización.

Una persona que tenga las habilidades críticas y la experiencia necesarias para ayudar en el desempeño artístico o atlético de un titular de una visa O para un evento específico, y que sea una parte integral del desempeño real, también puede recibir una visa O. Además, un cónyuge dependiente o hijo de un titular de una visa O también puede recibir una visa O.

La visa P de no inmigrante está disponible para grupos de entretenimiento, atletas o artistas extranjeros que deseen ingresar a los Estados Unidos temporalmente para actuar bajo un programa de intercambio recíproco o un programa culturalmente único.

¿Quién califica para una visa P?

La visa P se puede emitir a un extranjero que viene temporalmente a los Estados Unidos:

  • A actuar individualmente o como parte de un equipo en una competencia atlética con un nivel de desempeño reconocido internacionalmente.
  • A actuar con un grupo de entretenimiento reconocido internacionalmente en su campo, siempre que el individuo haya tenido al menos una relación de un año con el grupo como intérprete o proporcione funciones integrales a la actuación.
  • Actuar en un programa de intercambio recíproco entre una organización de los EE. UU. Y una o más organizaciones de cambio de divisas que brindan el intercambio de artistas y animadores.
  • O, a actuar, enseñar o entrenar como individuo o como parte de un grupo en un programa culturalmente único.
  • Es dependiente de un titular de visa P en una de las categorías anteriores.

¿Qué debe hacer el empleador para solicitar la visa O & visa P?

Las solicitudes de visas O y P pueden ser presentadas por una empresa estadounidense o un agente estadounidense autorizado ante el centro de servicio regional de USCIS que tenga jurisdicción sobre el lugar de empleo previsto.

Los agentes estadounidenses pueden presentar peticiones en nombre de aquellos que tradicionalmente trabajan por cuenta propia, en nombre de aquellos que utilizan agentes para concertar un empleo a corto plazo con numerosos empleadores y en nombre de empleadores extranjeros.

¿Cuánto tiempo puede permanecer el empleado en los Estados Unidos?

Se puede otorgar una petición O por el período de tiempo requerido para realizar el evento (s) o las actividades indicadas en la petición, pero no puede exceder los tres años. Hay más extensiones disponibles. Las visas P pueden otorgarse por el período requerido para completar la competencia o el evento. El período inicial máximo permitido para un atleta individual es de cinco años, por un período total de estadía que no exceda los 10 años. El plazo máximo inicial para equipos deportivos, animadores y grupos de entretenimiento es de un año. Las extensiones en estas categorías se pueden otorgar en incrementos de un año para continuar o completar la actividad o evento para el cual fueron admitidos.

Comuníquese con Lim Law, P.A. hoy para programar una consulta en persona. Ofrecemos servicios en inglés, español, francés, mandarín y cantonés.

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