d
Follow us
  >    >  Visas de Inversionista

Abogados para Visas de Inversionistas

Solicita la Residencia en los EE. UU. con Fines de Inversión

Los ciudadanos de países extranjeros que deseen ingresar a los Estados Unidos primero deben obtener una visa. Esta visa puede ser una visa de no inmigrante para estadía temporal o una visa de inmigrante para residencia permanente. Si eres un comerciante o un inversionista comercial, una visa de inversionista puede ser una opción.

Estados Unidos ofrece dos formas de visas electrónicas. Los programas E-1 Visa y E-2 Visa brindan beneficios de inmigración a empresarios o inversionistas que tienen ciudadanía en naciones que mantienen tratados comerciales con los Estados Unidos.

La visa de comerciante E-1 se enfoca en empresarios y dueños de negocios que participan en un comercio sustancial entre los EE. UU. y el país del tratado. La visa de inversionista E-2 se enfoca en personas que realizan una inversión de capital considerable en una empresa ubicada en los EE. UU.

Llama hoy al (407) 897-8870 para programar una consulta con nuestros abogados de Orlando para visa de inversionista. Ofrecemos servicios en inglés, español, francés, mandarín y cantonés.

¿Cuál es el propósito de una visa de comerciante por tratado E-1?

La visa E-1 (Visa de Comerciante por Tratado) te permitiría ser admitido en los Estados Unidos solo para que puedas participar en un comercio sustancial en tu nombre. Si tienes empleados calificados, también pueden ser elegibles bajo tu visa.

Si eres ciudadano de un país con tratado E-1, puedes ser elegible para una visa E-1. Los países del tratado son aquellos que mantienen un tratado de comercio y navegación con los Estados Unidos.

El Departamento de Estado de EE. UU. tiene una lista de países con tratados E-1 y E-2 aquí

Cómo calificar para la visa E-1

Requisitos para una Visa de Comerciante por Tratado E-1:

  • Las personas físicas o jurídicas deben tener la misma nacionalidad que el país del tratado.
  • Los nacionales del país del tratado deben poseer al menos la mitad de la empresa.
  • Debe haber un comercio sustancial entre los Estados Unidos y el país del tratado.
  • El individuo es el comerciante principal que viene a los Estados Unidos para participar en un comercio sustancial, o un gerente ejecutivo, gerente o empleado con habilidades especiales esenciales para la empresa.

Lo que comercias no se limita a bienes y servicios. Sin embargo, el comercio entre las empresas estadounidenses y el país del tratado debe representar más de la mitad del volumen total del comercio internacional.

Miembros de la Familia

Bajo la visa de comerciante por tratado E-1, puedes traer a tu cónyuge e hijos solteros menores de 21 años contigo. Pueden quedarse mientras tu visa E-1 sea válida. Tu cónyuge puede solicitar una autorización de empleo y tus hijos pueden asistir a escuelas de EE. UU.

Contáctenos o llame al (407) 897-8870 para recibir orientación de abogados expertos en visas de inversionistas en Orlando.

Visa E-2 – Visa de Inversionista por Tratado

Si eres ciudadano de un país con tratado E-2, puedes ser elegible para una visa E-2. Los países del tratado son aquellos que mantienen un tratado de comercio y navegación con los Estados Unidos.

La Visa de Inversionista por Tratado E-2 te permitiría ser admitido en los Estados Unidos si inviertes una cantidad sustancial de capital en una empresa estadounidense. Esta visa está destinada a una estancia temporal. No hay opción de tarjeta de residente a través de una visa E-2.

Y si tienes empleados calificados, también pueden ser elegibles bajo tu visa E-2. La página web del Departamento de Estado de EE. UU. tiene una lista de los países con visas E-1 y E-2.

Requisitos para una Visa de Inversionista por tratado E-2:

  • Las personas físicas o jurídicas deben tener la misma nacionalidad que el país del tratado.
  • La persona o empresa ha realizado o está en proceso de realizar una inversión de capital sustancial (en relación con el valor total de la empresa) en una empresa comercial de buena fe en los Estados Unidos.
  • El individuo es el inversionista principal que dirigirá y desarrollará la empresa, o un ejecutivo, supervisor o empleado cuyos servicios son esenciales para el funcionamiento eficiente de la empresa estadounidense.

¿Quién califica como empleado de un inversionista por tratado?

  • Para calificar, el empleado debe tener la misma nacionalidad que el empleador extranjero principal.
  • El empleado debe cumplir con la definición de «empleado» según la ley pertinente.
  • Por último, el empleado debe desempeñar las funciones de ejecutivo o supervisor o, si se emplea en una capacidad menor, poseer las habilidades esenciales para el funcionamiento eficiente de la empresa.

Páginas Relacionadas

¿Necesitas ayuda con una visa E-2? Marca (407) 897-8870 para una consulta.

Cómo Solicitar un Cambio de Estatus a la Clasificación E-2

Si te encuentras en los Estados Unidos y tienes un estatus legal de no inmigrante, puedes presentar el Formulario I-129 para cambiar tu estatus a Clasificación E-2. Si eres trabajador de una empresa con clasificación E-2 y calificas, tu empleador puede presentar el Formulario I-129 por ti.

En caso de que tú o tu beneficiario no se encuentran en los Estados Unidos, o si no eres elegible para cambiar tu estatus dentro de los Estados Unidos, puedes solicitar una visa E-2 en tu consulado o embajada de los Estados Unidos en el extranjero.

Y si se aprueba, puedes permanecer hasta dos años con tu visa. Puedes solicitar una extensión por hasta dos años más, y no hay límite para la cantidad de extensiones otorgadas, siempre que los países del tratado tengan un acuerdo con los Estados Unidos.

Sin embargo, como no inmigrante E-2, debes mantener la intención de salir de los EE. UU. cuando tu estatus caduque o finalice. Es importante tener en cuenta: Cada país tiene diferentes requisitos para la calificación.

¿Qué pasa con los Miembros de la Familia de los Titulares de la Visa E-2?

Como inversionista o empleado, puedes traer a tu cónyuge e hijos solteros menores de 21 años. Tu familia no tiene que compartir tu nacionalidad. Solicitarían la clasificación de no inmigrante E-2 como dependientes. Si se aprueba la solicitud, los miembros de tu familia obtendrán el estatus durante el mismo período que se te otorgó.

Si tu familia ya se encuentra en los EE. UU., puedes presentar el Formulario I-539. Tu cónyuge puede solicitar una autorización de trabajo presentando el Formulario I-765. Si tu cónyuge está autorizado para trabajar, no hay restricciones sobre dónde puede trabajar. Tus hijos no son elegibles para solicitar una autorización de trabajo.

Comuníquese con Lim Law, P.A. para hablar con un abogado de visas de inversionistas en Orlando hoy mismo! Llame al (407) 897-8870

Visas de Inversionista Inmigrante EB-5

La visa EB-5 es para inversionistas extranjeros que desean realizar una inversión significativa en los Estados Unidos para recibir la residencia permanente para ellos, sus cónyuges e hijos solteros menores de 21 años. Existen diferentes requisitos y formularios dependiendo de dónde eliges invertir tu dinero. Haz clic aquí para obtener más información sobre la visa EB-5.

Residencia Permanente a Través de la Inversión

Si se aprueba tu I-536, puedes presentar el formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente con USCIS si te encuentras en los Estados Unidos. Si te encuentras fuera de los Estados Unidos, puedes presentar el formulario DS-60, Solicitud de Visa de Inmigrante y Registro de Extranjeros en el Departamento de Estado de los Estados Unidos. Si se aprueba tu solicitud (Formulario I-485), a ti, tu cónyuge e hijos solteros se les puede otorgar la residencia permanente condicional por dos años a partir de la aprobación de tu solicitud o cuando ingreses a los EE. UU. con una visa EB-5.

Después de los dos años, puedes presentar el Formulario I-829 para eliminar las condiciones y convertirte en residente permanente legal. Debes presentar la solicitud dentro de los 90 días posteriores al segundo aniversario de tu admisión a los Estados Unidos como residente permanente condicional. Puedes vivir en cualquier lugar dentro de los Estados Unidos. No estás obligado a vivir donde realizas tu inversión.

Comuníquese con nuestros abogados de visas de inversionista en Maitland

En Lim Law, el equipo de inmigración de P.A. puede ayudarlo a obtener una visa de inversión. Si tiene alguna pregunta con respecto a una visa E-1, E-2 o EB-5 en los Estados Unidos, llame a nuestra oficina de Maitland al (407) 897-8870 hoy. También puede contactarnos en línea.

Lim Law, P.A. puede ayudar. Contáctenos en línea o llame al (407) 897-8870. Hablamos inglés, español, francés, mandarín y cantonés.

Abrir chat
Comunícate con Nosotros
Hola
¿Cómo podemos ayudarte?